viernes, 4 de marzo de 2016

Instrucción 1/2016 de 16 de Febrero -Protección Jurídica del Menor

Hace unos días se nos informaba de la Instrucción 1/2016, DE 16 DE FEBRERO, de la secretaría general de educación cultura y deportes, sobre la aplicación del ARTÍCULO 13, PÁRRAFO 5, DE LA LEY ORGÁNICA 1/1996, DE 15 DE ENERO, de PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR.
En ella la administración requiere a todo personal que trabaje con menores un CERTIFICADO DE PENALES, que cada uno debe aportar por si mismo o dar permiso a la Delegación para su tramitación.


"será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito  contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual,  acoso sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos"

En el primer caso hay que aportarlo personalmente en la Delegación. En el segundo se entrega la autorización correspondiente al director del centro que lo hará llegar a la Delegación. La fecha límite de entrega es el 15 de Marzo, salvo que adelanten esa fecha en los propios centros educativos. Hay situaciones especiales recogidas en el documento.

Podéis leer el documento en este enlace (La autorización se encuentra en la última página):